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Me han diagnosticado recientemente una enfermedad grave que requerirá tratamientos prolongados e ingresos hospitalarios frecuentes durante los próximos meses en Badajoz. Tengo la custodia compartida de mis dos hijos junto a su madre, pero me preocupa no poder atenderlos adecuadamente durante los periodos de tratamiento más intensivo. Me gustaría saber si puedo solicitar una modificación temporal de la custodia mientras dure mi tratamiento, y qué pasaría con esta situación una vez que, espero, me recupere completamente.
Me casé hace dos años en Sevilla y recientemente he descubierto que mi marido padecía, ya antes de nuestra boda, una enfermedad mental grave que me ocultó deliberadamente durante todo el noviazgo, y que ahora empieza a manifestarse de forma evidente afectando seriamente nuestra convivencia. Si hubiera sabido esto antes, jamás me habría casado con él. Me gustaría saber si esta ocultación previa a la boda podría ser causa de nulidad matrimonial en lugar de tener que recurrir a un divorcio ordinario.
Además de la pensión de alimentos mensual fijada en el convenio regulador en Almería, en el mismo documento se acordó que los gastos extraordinarios de nuestra hija, como tratamientos médicos especiales o material escolar excepcional, se repartirían al cincuenta por ciento entre ambos. Mi ex marido se ha negado en varias ocasiones a abonar su parte de estos gastos concretos, aunque siempre paga religiosamente la pensión mensual ordinaria. Quiero saber si puedo reclamar judicialmente estos gastos extraordinarios de forma independiente a la pensión regular.
Mi padre falleció recientemente en Valladolid dejando un testamento en el que reparte sus bienes actuales entre mis dos hermanas y yo por partes iguales, pero sabemos que hace diez años le regaló a una de mis hermanas una cantidad importante de dinero para comprar su primera vivienda, sin que en aquel momento se mencionara nada sobre si eso afectaría a su futura herencia. Me gustaría saber si esa donación debe tenerse en cuenta ahora de alguna forma al repartir la herencia entre las tres, o si al ser algo del pasado ya no influye en nada.
Mi hermana atraviesa serios problemas de salud mental en Granada y no puede hacerse cargo de su hijo de ocho años durante un tiempo. Vivo cerca y me gustaría acogerlo en mi casa mientras ella se recupera, sin que eso suponga romper la relación con su madre ni iniciar una adopción definitiva. No sé si esto se puede formalizar legalmente entre familiares o si necesariamente debe intervenir la administración pública de menores.
Mi pareja y yo nos inscribimos formalmente como pareja de hecho en Madrid hace tres años, y ahora, por motivos laborales, nos trasladamos a vivir de forma permanente a otra comunidad autónoma diferente. Nos gustaría saber si nuestra inscripción como pareja de hecho sigue teniendo plena validez legal en la nueva comunidad autónoma a la que nos mudamos, o si necesitamos realizar algún trámite adicional para que nuestro estatus de pareja de hecho siga siendo reconocido allí donde vamos a residir ahora.
Mi hijo cumple dieciocho años el mes que viene y actualmente estoy pagando una pensión de alimentos fijada en mi divorcio en Ciudad Real. Él todavía está estudiando y no tiene ningún ingreso propio, por lo que sigue dependiendo económicamente de nosotros. Quiero saber si al alcanzar la mayoría de edad se extingue automáticamente mi obligación de seguir pagando esta pensión, o si al seguir estudiando y sin trabajo debo continuar pagándola de todas formas, y qué debería hacer en cada caso.
Llevaba once años conviviendo con mi pareja en Valencia, inscritos formalmente como pareja de hecho desde hace ocho años, cuando falleció inesperadamente el mes pasado tras haber cotizado a la Seguridad Social durante toda su vida laboral. Me gustaría saber si, al no haber estado casados sino solo como pareja de hecho inscrita, tengo igualmente derecho a solicitar la pensión de viudedad de la Seguridad Social, o si esta prestación está reservada exclusivamente para los matrimonios.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
Los precios de los servicios de los abogados se determinan por el volumen de trabajo y la complejidad del caso. En promedio, los servicios de un abogado comienzan a partir de 100 EUR. Elija candidatos según las calificaciones y opiniones. Muchos tienen ejemplos de trabajos realizados.
Las consultas con abogados en Madrid comienzan desde 70 EUR y pueden ser más altas (los precios pueden variar según la complejidad de la cuestión y el tipo de respuesta).
Esto se puede hacer en el servicio español de búsqueda de abogados Abogados24-es.com de forma completamente gratuita. Es importante saber que la búsqueda conveniente y el contacto con el especialista son gratuitos, mientras que la consulta y los servicios proporcionados por los especialistas pueden ser de pago.
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