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	Comentarios en: ¿Cómo acometer legalmente un plan de reestructuración de plantilla?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Nov 2024 22:37:08 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Si la reestructuración implica despidos colectivos (ERE) o suspensión de contratos (ERTE) por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, debes iniciar un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores, presentar la memoria explicativa y la documentación económica. Es necesario notificarlo a la Autoridad Laboral, siguiendo la Ley 3/2012 y el Estatuto de los Trabajadores. En despidos colectivos (si afectan a un número de trabajadores mínimo según la plantilla), la negociación es obligatoria. En caso de acuerdo, se formaliza y reduce posibles litigios, aunque si no hay acuerdo, la empresa puede proceder, corriendo el riesgo de impugnaciones.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si la reestructuración implica despidos colectivos (ERE) o suspensión de contratos (ERTE) por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, debes iniciar un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores, presentar la memoria explicativa y la documentación económica. Es necesario notificarlo a la Autoridad Laboral, siguiendo la Ley 3/2012 y el Estatuto de los Trabajadores. En despidos colectivos (si afectan a un número de trabajadores mínimo según la plantilla), la negociación es obligatoria. En caso de acuerdo, se formaliza y reduce posibles litigios, aunque si no hay acuerdo, la empresa puede proceder, corriendo el riesgo de impugnaciones.</p>
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