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	Comentarios en: ¿Cómo registro el software que desarrollo para protegerlo?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 25 Oct 2024 22:06:52 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En España, la propiedad intelectual protege automáticamente el software desde su creación, sin necesidad de un registro formal para su validez. No obstante, es muy recomendable inscribirlo en el Registro de la Propiedad Intelectual o en el Registro de la Propiedad Intelectual de cada comunidad autónoma para tener una prueba oficial de autoría y fecha. Igualmente, algunos profesionales depositan el código fuente en entidades de depósito, lo que aporta una evidencia sólida en caso de litigio. No se requiere obligatoriamente un contrato de cesión salvo que quieras transferir esos derechos a un tercero. Se recomienda documentar la creación y versiones, y si trabajas por encargo, especificar por escrito la titularidad de los derechos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En España, la propiedad intelectual protege automáticamente el software desde su creación, sin necesidad de un registro formal para su validez. No obstante, es muy recomendable inscribirlo en el Registro de la Propiedad Intelectual o en el Registro de la Propiedad Intelectual de cada comunidad autónoma para tener una prueba oficial de autoría y fecha. Igualmente, algunos profesionales depositan el código fuente en entidades de depósito, lo que aporta una evidencia sólida en caso de litigio. No se requiere obligatoriamente un contrato de cesión salvo que quieras transferir esos derechos a un tercero. Se recomienda documentar la creación y versiones, y si trabajas por encargo, especificar por escrito la titularidad de los derechos.</p>
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