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	Comentarios en: ¿Cómo se computan las vacaciones y quién decide las fechas?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Dec 2024 23:56:40 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Las vacaciones anuales mínimas son 30 días naturales o 22 días laborables, no sustituibles por compensación económica salvo extinción del contrato. El calendario de vacaciones se acuerda con la representación de los trabajadores o según el convenio. El trabajador debe conocer sus fechas con al menos 2 meses de antelación. El empresario no puede imponer unilateralmente las fechas sin respetar la negociación o los procedimientos previstos. Si no se disfrutan dentro del año, caducan a final de ese ejercicio, salvo que el trabajador no pudiera por incapacidad o permiso, en cuyo caso se prorrogan. La compensación en metálico solo procede cuando el contrato termina sin que el trabajador haya podido disfrutar sus días.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Las vacaciones anuales mínimas son 30 días naturales o 22 días laborables, no sustituibles por compensación económica salvo extinción del contrato. El calendario de vacaciones se acuerda con la representación de los trabajadores o según el convenio. El trabajador debe conocer sus fechas con al menos 2 meses de antelación. El empresario no puede imponer unilateralmente las fechas sin respetar la negociación o los procedimientos previstos. Si no se disfrutan dentro del año, caducan a final de ese ejercicio, salvo que el trabajador no pudiera por incapacidad o permiso, en cuyo caso se prorrogan. La compensación en metálico solo procede cuando el contrato termina sin que el trabajador haya podido disfrutar sus días.</p>
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