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	Comentarios en: ¿Cómo se constituye la propiedad horizontal en edificios y comunidades de vecinos?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 23 Nov 2024 00:29:20 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[La propiedad horizontal se regula en la Ley de Propiedad Horizontal y se produce cuando un inmueble se divide en pisos o locales independientes, con elementos comunes (ascensores, escaleras) y elementos privativos. Para constituirla formalmente, suele otorgarse escritura de división horizontal ante notario, describiendo cada unidad, sus cuotas de participación y los elementos comunes. Esta escritura se inscribe en el Registro de la Propiedad para dar publicidad a la configuración del edificio. Cada propietario ostenta la titularidad exclusiva de su piso o local, y una cuota de copropiedad en los elementos comunes. La comunidad de propietarios se rige por sus estatutos y acuerdos adoptados en junta.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La propiedad horizontal se regula en la Ley de Propiedad Horizontal y se produce cuando un inmueble se divide en pisos o locales independientes, con elementos comunes (ascensores, escaleras) y elementos privativos. Para constituirla formalmente, suele otorgarse escritura de división horizontal ante notario, describiendo cada unidad, sus cuotas de participación y los elementos comunes. Esta escritura se inscribe en el Registro de la Propiedad para dar publicidad a la configuración del edificio. Cada propietario ostenta la titularidad exclusiva de su piso o local, y una cuota de copropiedad en los elementos comunes. La comunidad de propietarios se rige por sus estatutos y acuerdos adoptados en junta.</p>
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