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	Comentarios en: ¿Cómo se pacta la permanencia en una sociedad mercantil y la prohibición de vender participaciones?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 07 Dec 2024 23:05:43 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Las cláusulas de lock-up o pactos de permanencia se suelen incluir en los estatutos o en pactos parasociales, por los cuales los socios se comprometen a no enajenar sus participaciones durante un periodo. Son válidas siempre que no sean excesivamente largas ni violen la libertad de empresa. Si está en estatutos, es oponible a terceros y se somete a la publicidad registral. Si está en un pacto de socios privado, obliga sólo a quienes lo firman, pero no afecta a la sociedad ni a terceros. Es habitual en acuerdos de inversores o startups para mantener la estabilidad de la estructura accionarial.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Las cláusulas de lock-up o pactos de permanencia se suelen incluir en los estatutos o en pactos parasociales, por los cuales los socios se comprometen a no enajenar sus participaciones durante un periodo. Son válidas siempre que no sean excesivamente largas ni violen la libertad de empresa. Si está en estatutos, es oponible a terceros y se somete a la publicidad registral. Si está en un pacto de socios privado, obliga sólo a quienes lo firman, pero no afecta a la sociedad ni a terceros. Es habitual en acuerdos de inversores o startups para mantener la estabilidad de la estructura accionarial.</p>
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