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	Comentarios en: ¿Cómo se tramita la residencia de larga duración-UE para moverse a otro Estado miembro con fines laborales?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 10 Nov 2024 02:22:15 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Si un extranjero tiene la tarjeta de larga duración-UE en España, puede desplazarse a otro país de la UE (excepto Dinamarca e Irlanda) para trabajar o residir. Sin embargo, debe solicitar en ese Estado un permiso de residencia dentro de los 3 meses. El procedimiento se simplifica porque se reconoce su estatus de larga duración-UE. Debe justificar empleo u otros medios. Al cabo de un tiempo, si ese país acepta, obtiene la residencia en ese Estado y mantiene la condición de larga duración. Cada país implementa las condiciones de admisión (cupos, justificación laboral), pero no puede rechazarlo arbitrariamente, pues la directiva 2003/109/CE facilita la movilidad.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si un extranjero tiene la tarjeta de larga duración-UE en España, puede desplazarse a otro país de la UE (excepto Dinamarca e Irlanda) para trabajar o residir. Sin embargo, debe solicitar en ese Estado un permiso de residencia dentro de los 3 meses. El procedimiento se simplifica porque se reconoce su estatus de larga duración-UE. Debe justificar empleo u otros medios. Al cabo de un tiempo, si ese país acepta, obtiene la residencia en ese Estado y mantiene la condición de larga duración. Cada país implementa las condiciones de admisión (cupos, justificación laboral), pero no puede rechazarlo arbitrariamente, pues la directiva 2003/109/CE facilita la movilidad.</p>
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