<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	
	>
<channel>
	<title>
	Comentarios en: ¿Cuál es la diferencia entre consumidor y usuario, y empresario o profesional, según la ley?	</title>
	<atom:link href="https://abogados24-es.com/questions/cual-es-la-diferencia-entre-consumidor-y-usuario-y-empresario-o-profesional-segun-la-ley/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://abogados24-es.com/questions/cual-es-la-diferencia-entre-consumidor-y-usuario-y-empresario-o-profesional-segun-la-ley/</link>
	<description>Поиск юристов</description>
	<lastBuildDate>Tue, 17 Dec 2024 00:02:59 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=6.9.4</generator>
	<item>
		<title>
		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
		<link>https://abogados24-es.com/questions/cual-es-la-diferencia-entre-consumidor-y-usuario-y-empresario-o-profesional-segun-la-ley/#comment-2300</link>

		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 17 Dec 2024 00:02:59 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://abogados24-es.com/questions/cual-es-la-diferencia-entre-consumidor-y-usuario-y-empresario-o-profesional-segun-la-ley/#comment-2300</guid>

					<description><![CDATA[La Ley entiende por consumidor o usuario la persona física que actúa con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Los autónomos o empresas que adquieren bienes para su negocio no se consideran consumidores, salvo casos marginales (ej. compra de uso personal). Por su parte, el empresario o profesional es quien actúa en el marco de su actividad lucrativa. Esta distinción es crucial: sólo se consideran relaciones de consumo las celebradas entre un empresario y una persona que actúa con fines privados. Quienes adquieren en el contexto de su actividad profesional no disfrutan de la protección del TRLGDCU.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Ley entiende por consumidor o usuario la persona física que actúa con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Los autónomos o empresas que adquieren bienes para su negocio no se consideran consumidores, salvo casos marginales (ej. compra de uso personal). Por su parte, el empresario o profesional es quien actúa en el marco de su actividad lucrativa. Esta distinción es crucial: sólo se consideran relaciones de consumo las celebradas entre un empresario y una persona que actúa con fines privados. Quienes adquieren en el contexto de su actividad profesional no disfrutan de la protección del TRLGDCU.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
	</channel>
</rss>
