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	Comentarios en: ¿El laudo arbitral tiene efectos de cosa juzgada?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Dec 2024 01:20:55 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Sí, el laudo produce efectos de cosa juzgada sobre el fondo de la disputa. Esto significa que no puede reabrirse ante un tribunal ordinario la misma controversia. Si alguien intenta demandar nuevamente, el demandado puede oponer la excepción de cosa juzgada. El arbitraje, una vez finalizado, cierra el asunto con la misma fuerza que una sentencia firme. Únicamente si se impugna el laudo y se anula, la cuestión podría reexaminarse. De lo contrario, no cabe duplicar el litigio en sede judicial.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sí, el laudo produce efectos de cosa juzgada sobre el fondo de la disputa. Esto significa que no puede reabrirse ante un tribunal ordinario la misma controversia. Si alguien intenta demandar nuevamente, el demandado puede oponer la excepción de cosa juzgada. El arbitraje, una vez finalizado, cierra el asunto con la misma fuerza que una sentencia firme. Únicamente si se impugna el laudo y se anula, la cuestión podría reexaminarse. De lo contrario, no cabe duplicar el litigio en sede judicial.</p>
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