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	Comentarios en: ¿Existen excepciones legales para la docencia o la investigación en software?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 Dec 2024 00:53:57 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[La Ley de Propiedad Intelectual contempla excepciones como la cita o la ilustración con fines educativos, siempre con uso justificado, sin ánimo de lucro y mencionando la fuente. Sin embargo, la exhibición de código debe ser proporcionada a ese fin y no afectar la explotación legítima del software. No se puede reproducir el programa completo ni proporcionar copias para descarga, salvo que medie licencia. Si muestras fragmentos pedagógicos de código para explicar técnicas, puede entenderse bajo la excepción de enseñanza, siempre que no supla la adquisición del software original. Es clave el uso mínimo y la atribución.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Ley de Propiedad Intelectual contempla excepciones como la cita o la ilustración con fines educativos, siempre con uso justificado, sin ánimo de lucro y mencionando la fuente. Sin embargo, la exhibición de código debe ser proporcionada a ese fin y no afectar la explotación legítima del software. No se puede reproducir el programa completo ni proporcionar copias para descarga, salvo que medie licencia. Si muestras fragmentos pedagógicos de código para explicar técnicas, puede entenderse bajo la excepción de enseñanza, siempre que no supla la adquisición del software original. Es clave el uso mínimo y la atribución.</p>
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