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	Comentarios en: ¿Hay implicaciones para los trabajadores al comprar un negocio en marcha?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Dec 2024 03:19:58 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Sí, la subrogación laboral (art. 44 del Estatuto de los Trabajadores) indica que, si asumes la actividad del negocio (sus activos y pasivo o su unidad productiva autónoma), te conviertes en el nuevo empleador, conservando los contratos laborales, su antigüedad y condiciones. No se considera un despido, sino continuidad de la relación. Cualquier modificación posterior requiere la normativa de modificación sustancial de condiciones o despido con causa. Si incumples, podrían presentarse demandas por despido improcedente. De ahí la importancia de valorar la plantilla y eventuales deudas salariales o de Seguridad Social antes de comprar.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sí, la subrogación laboral (art. 44 del Estatuto de los Trabajadores) indica que, si asumes la actividad del negocio (sus activos y pasivo o su unidad productiva autónoma), te conviertes en el nuevo empleador, conservando los contratos laborales, su antigüedad y condiciones. No se considera un despido, sino continuidad de la relación. Cualquier modificación posterior requiere la normativa de modificación sustancial de condiciones o despido con causa. Si incumples, podrían presentarse demandas por despido improcedente. De ahí la importancia de valorar la plantilla y eventuales deudas salariales o de Seguridad Social antes de comprar.</p>
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