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	Comentarios en: Me casé solo por papeles, ¿puede declararse nulo mi matrimonio?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 09 Aug 2026 04:16:18 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[El matrimonio celebrado sin verdadera intención de formar una comunidad de vida conyugal, sino con la única finalidad de obtener un beneficio ajeno al propio matrimonio, como la regularización de una situación administrativa, constituye lo que la doctrina y la jurisprudencia denominan matrimonio simulado, y puede efectivamente ser declarado nulo conforme al artículo 73.1 del Código Civil, que sanciona con nulidad el matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial real, entendiéndose que quien se casa sin intención genuina de asumir los derechos y deberes conyugales carece precisamente de ese consentimiento matrimonial exigido por la ley. Sin embargo, es importante que sea consciente de que declarar la nulidad de su propio matrimonio por esta causa puede tener consecuencias administrativas relevantes para usted, ya que si su residencia en España se obtuvo precisamente a través de ese vínculo matrimonial, la declaración judicial de que el matrimonio fue simulado desde el origen podría afectar retroactivamente a la validez del título de residencia obtenido, e incluso derivar en un procedimiento administrativo o, en casos graves, penal por posible fraude en materia de extranjería, ya que este tipo de matrimonios de complacencia son objeto de especial atención por parte de las autoridades. Desde el punto de vista estrictamente civil, además, deberá poder acreditar ante el juzgado, normalmente mediante prueba testifical y documental, que efectivamente no hubo intención real de convivencia matrimonial desde el inicio, lo que puede resultar complejo de demostrar sin generar además indicios que le perjudiquen a usted mismo en el plano administrativo. Le recomiendo encarecidamente que, antes de iniciar cualquier acción de nulidad por esta causa específica, consulte con un abogado que tenga experiencia tanto en derecho de familia como en extranjería, para valorar con detalle las consecuencias que esta declaración podría tener sobre su situación legal en España, y analizar si en su caso concreto sería más prudente optar simplemente por la vía del divorcio ordinario en lugar de plantear la nulidad por simulación.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El matrimonio celebrado sin verdadera intención de formar una comunidad de vida conyugal, sino con la única finalidad de obtener un beneficio ajeno al propio matrimonio, como la regularización de una situación administrativa, constituye lo que la doctrina y la jurisprudencia denominan matrimonio simulado, y puede efectivamente ser declarado nulo conforme al artículo 73.1 del Código Civil, que sanciona con nulidad el matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial real, entendiéndose que quien se casa sin intención genuina de asumir los derechos y deberes conyugales carece precisamente de ese consentimiento matrimonial exigido por la ley. Sin embargo, es importante que sea consciente de que declarar la nulidad de su propio matrimonio por esta causa puede tener consecuencias administrativas relevantes para usted, ya que si su residencia en España se obtuvo precisamente a través de ese vínculo matrimonial, la declaración judicial de que el matrimonio fue simulado desde el origen podría afectar retroactivamente a la validez del título de residencia obtenido, e incluso derivar en un procedimiento administrativo o, en casos graves, penal por posible fraude en materia de extranjería, ya que este tipo de matrimonios de complacencia son objeto de especial atención por parte de las autoridades. Desde el punto de vista estrictamente civil, además, deberá poder acreditar ante el juzgado, normalmente mediante prueba testifical y documental, que efectivamente no hubo intención real de convivencia matrimonial desde el inicio, lo que puede resultar complejo de demostrar sin generar además indicios que le perjudiquen a usted mismo en el plano administrativo. Le recomiendo encarecidamente que, antes de iniciar cualquier acción de nulidad por esta causa específica, consulte con un abogado que tenga experiencia tanto en derecho de familia como en extranjería, para valorar con detalle las consecuencias que esta declaración podría tener sobre su situación legal en España, y analizar si en su caso concreto sería más prudente optar simplemente por la vía del divorcio ordinario en lugar de plantear la nulidad por simulación.</p>
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