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	Comentarios en: ¿Puede haber propiedad separada del suelo y del vuelo (propiedad horizontal tumbada)?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Jan 2025 23:14:32 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Sí, la ley admite la posibilidad de dividir horizontalmente un edificio no sólo en altura sino también en parcelas o subsuelos. Es lo que se llama propiedad horizontal por parcelas o &#039;horizontal tumbada&#039;. Cada unidad (p.ej., un local subterráneo) puede ser privativa y existir elementos comunes en el mismo predio. También se ve en garajes comunitarios bajo varios bloques de viviendas, cada plaza es un elemento privativo y los accesos son elementos comunes. Debe formalizarse una división horizontal que describa con claridad la extensión y linderos de cada parte y su cuota de participación en los gastos. Se rige por la Ley de Propiedad Horizontal, aunque adaptada al caso.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sí, la ley admite la posibilidad de dividir horizontalmente un edificio no sólo en altura sino también en parcelas o subsuelos. Es lo que se llama propiedad horizontal por parcelas o &#8216;horizontal tumbada&#8217;. Cada unidad (p.ej., un local subterráneo) puede ser privativa y existir elementos comunes en el mismo predio. También se ve en garajes comunitarios bajo varios bloques de viviendas, cada plaza es un elemento privativo y los accesos son elementos comunes. Debe formalizarse una división horizontal que describa con claridad la extensión y linderos de cada parte y su cuota de participación en los gastos. Se rige por la Ley de Propiedad Horizontal, aunque adaptada al caso.</p>
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