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	Comentarios en: ¿Puede la administración cerrar o reubicar un centro público por baja matrícula?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 24 Nov 2024 23:56:09 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Sí, la consejería puede reordenar la oferta de centros públicos si la demanda es insuficiente o existen motivos organizativos. Antes, debe haber un proceso de información y consulta al consejo escolar municipal y al propio centro. Garantiza plazas en otro centro cercano o resultante de la fusión. Las familias tienen derecho a ser informadas con antelación y a la escolarización de sus hijos en condiciones similares. Si no están de acuerdo, pueden presentar alegaciones o recursos administrativos, pero la decisión final recae en la autoridad educativa, que gestiona la eficiencia de la red de centros. Se busca compatibilizar la planificación con el derecho de elección.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sí, la consejería puede reordenar la oferta de centros públicos si la demanda es insuficiente o existen motivos organizativos. Antes, debe haber un proceso de información y consulta al consejo escolar municipal y al propio centro. Garantiza plazas en otro centro cercano o resultante de la fusión. Las familias tienen derecho a ser informadas con antelación y a la escolarización de sus hijos en condiciones similares. Si no están de acuerdo, pueden presentar alegaciones o recursos administrativos, pero la decisión final recae en la autoridad educativa, que gestiona la eficiencia de la red de centros. Se busca compatibilizar la planificación con el derecho de elección.</p>
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