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	Comentarios en: ¿Puede un socio minoritario impugnar la venta de la empresa si no está de acuerdo?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Dec 2024 22:27:40 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[La venta de la sociedad (o de sus activos principales) suele requerir un acuerdo de la Junta General. Si se alcanza la mayoría necesaria y el socio minoritario vota en contra, normalmente no puede bloquear la operación si los estatutos no exigen unanimidad. Sin embargo, podría impugnar el acuerdo si se vulneraron derechos esenciales o hubo abuso de la mayoría. Para que prospere la impugnación, el socio debe demostrar irregularidades graves en la convocatoria, el quórum, la información previa o un ataque a su derecho a la proporcionalidad. Si es un pacto de socios que obliga a la unanimidad, el socio minoritario puede tener veto. Pero en ausencia de esa cláusula, la mayoría decide, y el minoritario tendría la indemnización si logra probar un abuso.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La venta de la sociedad (o de sus activos principales) suele requerir un acuerdo de la Junta General. Si se alcanza la mayoría necesaria y el socio minoritario vota en contra, normalmente no puede bloquear la operación si los estatutos no exigen unanimidad. Sin embargo, podría impugnar el acuerdo si se vulneraron derechos esenciales o hubo abuso de la mayoría. Para que prospere la impugnación, el socio debe demostrar irregularidades graves en la convocatoria, el quórum, la información previa o un ataque a su derecho a la proporcionalidad. Si es un pacto de socios que obliga a la unanimidad, el socio minoritario puede tener veto. Pero en ausencia de esa cláusula, la mayoría decide, y el minoritario tendría la indemnización si logra probar un abuso.</p>
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