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	Comentarios en: ¿Puedo cambiar de procurador a mitad de un litigio si no estoy satisfecho con sus servicios?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 22 Dec 2024 23:32:20 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Sí, puedes revocar el poder y designar otro procurador en cualquier momento, comunicándolo al juzgado y a la contraparte. Sin embargo, el procurador saliente puede cobrar sus honorarios por la labor hecha hasta la fecha, y el entrante percibirá los suyos. El cambio no requiere motivación especial, pero es conveniente explicarlo para evitar problemas de coordinación. El nuevo procurador deberá aceptar el cargo y se otorgará un nuevo poder (apud acta o notarial). Ten en cuenta que cada sustitución genera un coste y requiere diligencia para que no se pierdan plazos en la transición.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sí, puedes revocar el poder y designar otro procurador en cualquier momento, comunicándolo al juzgado y a la contraparte. Sin embargo, el procurador saliente puede cobrar sus honorarios por la labor hecha hasta la fecha, y el entrante percibirá los suyos. El cambio no requiere motivación especial, pero es conveniente explicarlo para evitar problemas de coordinación. El nuevo procurador deberá aceptar el cargo y se otorgará un nuevo poder (apud acta o notarial). Ten en cuenta que cada sustitución genera un coste y requiere diligencia para que no se pierdan plazos en la transición.</p>
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