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	Comentarios en: ¿Puedo pedir ampliar el régimen de visitas que tengo actualmente?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 23 Jul 2026 05:38:24 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Sí, puede solicitar la ampliación de su régimen de visitas actual mediante una demanda de modificación de medidas, conforme al artículo 90.3 del Código Civil, ya que la mejora sustancial y estable de su situación laboral, que en su momento fue precisamente la razón que limitaba su disponibilidad y llevó a fijar un régimen más reducido, constituye una alteración relevante de las circunstancias que justifica revisar el régimen de visitas para adaptarlo a su nueva y mejor capacidad de dedicar tiempo a su hijo, siempre valorando en todo caso el interés superior del menor como criterio prioritario en esta decisión. Para solicitar esta ampliación, si logra un acuerdo con la madre de su hijo sobre el nuevo régimen deseado, podrán presentar conjuntamente una demanda de modificación de mutuo acuerdo, tramitada de forma más ágil y sencilla que un procedimiento contencioso, aportando el nuevo convenio con el régimen ampliado que ambos acuerden, incluyendo quizás tardes entre semana además de los fines de semana alternos ya existentes, aprovechando precisamente su nueva disponibilidad laboral estable. Si no logra un acuerdo directo con la madre, deberá acudir a la vía contenciosa, aportando pruebas de su nueva situación laboral estable, como un contrato indefinido y un certificado de su empresa que acredite su horario fijo, y el juzgado, considerando también la opinión de su hijo si tiene edad y madurez suficiente conforme al artículo 92 del Código Civil, valorará si esta ampliación del tiempo de convivencia resulta beneficiosa para el menor, lo cual suele ser generalmente favorecido por los tribunales, ya que mantener y potenciar el vínculo con ambos progenitores se considera positivo para el desarrollo del niño, salvo que existan razones específicas que aconsejen lo contrario. Le recomiendo, antes de acudir directamente a la vía judicial, plantear primero a la madre de su hijo esta propuesta de ampliación explicando su nueva situación laboral, ya que si logran acordarlo amistosamente, el trámite de modificación resultará mucho más rápido, económico y menos desgastante para todos, especialmente para su hijo, que para ambos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sí, puede solicitar la ampliación de su régimen de visitas actual mediante una demanda de modificación de medidas, conforme al artículo 90.3 del Código Civil, ya que la mejora sustancial y estable de su situación laboral, que en su momento fue precisamente la razón que limitaba su disponibilidad y llevó a fijar un régimen más reducido, constituye una alteración relevante de las circunstancias que justifica revisar el régimen de visitas para adaptarlo a su nueva y mejor capacidad de dedicar tiempo a su hijo, siempre valorando en todo caso el interés superior del menor como criterio prioritario en esta decisión. Para solicitar esta ampliación, si logra un acuerdo con la madre de su hijo sobre el nuevo régimen deseado, podrán presentar conjuntamente una demanda de modificación de mutuo acuerdo, tramitada de forma más ágil y sencilla que un procedimiento contencioso, aportando el nuevo convenio con el régimen ampliado que ambos acuerden, incluyendo quizás tardes entre semana además de los fines de semana alternos ya existentes, aprovechando precisamente su nueva disponibilidad laboral estable. Si no logra un acuerdo directo con la madre, deberá acudir a la vía contenciosa, aportando pruebas de su nueva situación laboral estable, como un contrato indefinido y un certificado de su empresa que acredite su horario fijo, y el juzgado, considerando también la opinión de su hijo si tiene edad y madurez suficiente conforme al artículo 92 del Código Civil, valorará si esta ampliación del tiempo de convivencia resulta beneficiosa para el menor, lo cual suele ser generalmente favorecido por los tribunales, ya que mantener y potenciar el vínculo con ambos progenitores se considera positivo para el desarrollo del niño, salvo que existan razones específicas que aconsejen lo contrario. Le recomiendo, antes de acudir directamente a la vía judicial, plantear primero a la madre de su hijo esta propuesta de ampliación explicando su nueva situación laboral, ya que si logran acordarlo amistosamente, el trámite de modificación resultará mucho más rápido, económico y menos desgastante para todos, especialmente para su hijo, que para ambos.</p>
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