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	Comentarios en: ¿Qué diferencia hay entre la copropiedad y la sociedad civil sobre un bien?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 29 Nov 2024 23:47:13 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Si dos o más personas adquieren un bien para la mera titularidad conjunta, existe copropiedad o condominio: cada uno ostenta una cuota. No constituye una nueva persona jurídica, sólo un régimen de comunidad. En cambio, si se unen para explotar el local comercial y lucrarse, contribuyendo capital y esfuerzo, se forma una sociedad civil (con personalidad jurídica limitada si se formaliza). La sociedad civil opera con un fin económico, contabilidad propia y repartición de beneficios, mientras que el condominio se limita a la propiedad compartida sin actividad conjunta más allá de su uso o venta.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si dos o más personas adquieren un bien para la mera titularidad conjunta, existe copropiedad o condominio: cada uno ostenta una cuota. No constituye una nueva persona jurídica, sólo un régimen de comunidad. En cambio, si se unen para explotar el local comercial y lucrarse, contribuyendo capital y esfuerzo, se forma una sociedad civil (con personalidad jurídica limitada si se formaliza). La sociedad civil opera con un fin económico, contabilidad propia y repartición de beneficios, mientras que el condominio se limita a la propiedad compartida sin actividad conjunta más allá de su uso o venta.</p>
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