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	Comentarios en: ¿Qué obligaciones de registro o licencia tienen las entidades que conceden créditos al consumo?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 01 Nov 2024 03:09:35 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Las entidades de crédito (bancos, cajas, cooperativas) están supervisadas por el Banco de España y necesitan su autorización. Existen también establecimientos financieros de crédito (EFC) que se dedican a financiar el consumo, igualmente inscritos y supervisados. Si una empresa no financiera pretende otorgar créditos de forma habitual, debe constituirse como EFC o colaborar con un banco, salvo que sea un negocio marginal. Es ilegal dedicarse profesionalmente a conceder préstamos al consumo sin la forma jurídica adecuada ni la supervisión. El Banco de España mantiene registros oficiales donde figuran todas las entidades autorizadas.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Las entidades de crédito (bancos, cajas, cooperativas) están supervisadas por el Banco de España y necesitan su autorización. Existen también establecimientos financieros de crédito (EFC) que se dedican a financiar el consumo, igualmente inscritos y supervisados. Si una empresa no financiera pretende otorgar créditos de forma habitual, debe constituirse como EFC o colaborar con un banco, salvo que sea un negocio marginal. Es ilegal dedicarse profesionalmente a conceder préstamos al consumo sin la forma jurídica adecuada ni la supervisión. El Banco de España mantiene registros oficiales donde figuran todas las entidades autorizadas.</p>
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