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	Comentarios en: ¿Qué obligaciones tiene un promotor para obtener el certificado final de obra en la LOE?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 25 Oct 2024 22:31:22 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[El certificado final de obra lo firma el director de la misma y el director de ejecución (aparejador/arquitecto técnico), confirmando que la construcción se ha realizado conforme al proyecto y a las eventuales modificaciones aprobadas. Para expedirlo, el promotor debe garantizar que se han completado todos los trabajos y que se cumplen las normas técnicas y de seguridad. Este certificado es esencial para la licencia de primera ocupación y la inscripción registral de la obra nueva terminada. También se pide para las pólizas de seguro decenal. Sin él, la obra se considera inacabada a efectos legales. El Colegio profesional puede visarlo, reforzando su validez.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El certificado final de obra lo firma el director de la misma y el director de ejecución (aparejador/arquitecto técnico), confirmando que la construcción se ha realizado conforme al proyecto y a las eventuales modificaciones aprobadas. Para expedirlo, el promotor debe garantizar que se han completado todos los trabajos y que se cumplen las normas técnicas y de seguridad. Este certificado es esencial para la licencia de primera ocupación y la inscripción registral de la obra nueva terminada. También se pide para las pólizas de seguro decenal. Sin él, la obra se considera inacabada a efectos legales. El Colegio profesional puede visarlo, reforzando su validez.</p>
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