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	Comentarios en: ¿Qué ocurre si el contribuyente no presenta la declaración de la renta en plazo?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 21 Dec 2024 00:16:12 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Si no se presenta la declaración en plazo voluntario (normalmente entre abril y junio en el IRPF), se incurre en una infracción tributaria. Si la presentación es espontánea y extemporánea (sin requerimiento previo), se aplican recargos del 5%, 10%, 15% o 20% según el retraso, más intereses. Si Hacienda requiere, se impone sanción por infracción leve, grave o muy grave según la cuota defraudada. La prescripción es de 4 años para las deudas y obligaciones formales, contados desde el fin del plazo de presentación. Transcurrido ese periodo sin actuación de Hacienda, el derecho de la Administración a exigir el pago prescribe, y el contribuyente no puede ser sancionado.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si no se presenta la declaración en plazo voluntario (normalmente entre abril y junio en el IRPF), se incurre en una infracción tributaria. Si la presentación es espontánea y extemporánea (sin requerimiento previo), se aplican recargos del 5%, 10%, 15% o 20% según el retraso, más intereses. Si Hacienda requiere, se impone sanción por infracción leve, grave o muy grave según la cuota defraudada. La prescripción es de 4 años para las deudas y obligaciones formales, contados desde el fin del plazo de presentación. Transcurrido ese periodo sin actuación de Hacienda, el derecho de la Administración a exigir el pago prescribe, y el contribuyente no puede ser sancionado.</p>
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