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	Comentarios en: ¿Qué pasa si el seguro de vida vinculado a la hipoteca no paga la deuda tras el fallecimiento del titular?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 01 Dec 2024 02:48:01 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Si el seguro de vida no cubre la totalidad de la deuda (por ejemplo, por exclusiones de la póliza o infracumplimiento de requisitos), el banco puede reclamar el saldo pendiente a los herederos, pues la hipoteca no se extingue automáticamente con la muerte del prestatario. Los herederos reciben la vivienda y la obligación de pago. El seguro de vida asociado debería saldar el capital pendiente si se cumplen las condiciones, pero si la aseguradora rechaza el siniestro o la cobertura es parcial, el banco persigue la deuda o puede ejecutar la hipoteca. Por ello es vital revisar la póliza, la declaración de salud y las condiciones para evitar sorpresas.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si el seguro de vida no cubre la totalidad de la deuda (por ejemplo, por exclusiones de la póliza o infracumplimiento de requisitos), el banco puede reclamar el saldo pendiente a los herederos, pues la hipoteca no se extingue automáticamente con la muerte del prestatario. Los herederos reciben la vivienda y la obligación de pago. El seguro de vida asociado debería saldar el capital pendiente si se cumplen las condiciones, pero si la aseguradora rechaza el siniestro o la cobertura es parcial, el banco persigue la deuda o puede ejecutar la hipoteca. Por ello es vital revisar la póliza, la declaración de salud y las condiciones para evitar sorpresas.</p>
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