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	Comentarios en: ¿Qué relevancia tiene el plazo de caducidad de las acciones de anulación por vicio del consentimiento?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 17 Dec 2024 23:30:10 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[La acción de anulación por vicios del consentimiento (error, dolo, intimidación o violencia) está sujeta a plazos de caducidad contemplados en el Código Civil. Generalmente, son 4 años contados desde que cesó la intimidación o la violencia, o desde que se descubrió el dolo o el error. Si la parte afectada no ejerce su derecho en ese plazo, la acción caduca y el contrato deviene definitivo, no pudiendo alegarse posteriormente la nulidad. Este límite temporal busca la seguridad jurídica y que no se eternice la incertidumbre sobre la validez del contrato.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La acción de anulación por vicios del consentimiento (error, dolo, intimidación o violencia) está sujeta a plazos de caducidad contemplados en el Código Civil. Generalmente, son 4 años contados desde que cesó la intimidación o la violencia, o desde que se descubrió el dolo o el error. Si la parte afectada no ejerce su derecho en ese plazo, la acción caduca y el contrato deviene definitivo, no pudiendo alegarse posteriormente la nulidad. Este límite temporal busca la seguridad jurídica y que no se eternice la incertidumbre sobre la validez del contrato.</p>
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