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	Comentarios en: ¿Qué relevancia tiene la costumbre y los usos del comercio en la interpretación contractual?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 31 Oct 2024 23:20:50 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[El artículo 2 del Código Civil reconoce la costumbre como fuente del Derecho en defecto de ley aplicable. Asimismo, el Código de Comercio sitúa los usos del comercio y la práctica mercantil como criterios interpretativos y supletorios. Si un contrato no regula ciertos aspectos y no hay ley que los determine, se recurre a los usos y costumbres del sector para completar el contenido. También sirven para interpretar la voluntad de las partes según la práctica habitual. Deben ser usos notorios y consolidados, y no contradecir normas imperativas. Su aplicación suple vacíos contractuales, ajustando el contrato a la realidad del mercado.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El artículo 2 del Código Civil reconoce la costumbre como fuente del Derecho en defecto de ley aplicable. Asimismo, el Código de Comercio sitúa los usos del comercio y la práctica mercantil como criterios interpretativos y supletorios. Si un contrato no regula ciertos aspectos y no hay ley que los determine, se recurre a los usos y costumbres del sector para completar el contenido. También sirven para interpretar la voluntad de las partes según la práctica habitual. Deben ser usos notorios y consolidados, y no contradecir normas imperativas. Su aplicación suple vacíos contractuales, ajustando el contrato a la realidad del mercado.</p>
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