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	Comentarios en: ¿Qué requisitos necesito cumplir para pedir pensión compensatoria?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 12 Jun 2026 06:13:03 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[El artículo 97 del Código Civil reconoce el derecho a la pensión compensatoria al cónyuge para quien el divorcio o la separación produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro cónyuge, que implique un empeoramiento respecto a la situación que tenía durante el matrimonio, y su caso encaja claramente en este supuesto, ya que su dedicación exclusiva al hogar y a los hijos durante dieciocho años, en detrimento de su propia carrera profesional, mientras su marido sí pudo desarrollarse laboralmente sin cargas domésticas equivalentes, es precisamente el tipo de desequilibrio que esta figura pretende compensar. Para determinar el derecho y la cuantía de esta pensión, el propio artículo 97 establece una serie de criterios que el juez debe valorar conjuntamente, entre ellos la edad y el estado de salud de ambos cónyuges, la cualificación profesional y las posibilidades reales de acceso al empleo de quien la solicita, la dedicación pasada y futura a la familia, la duración del matrimonio y de la convivencia conyugal, la eventual pérdida de un derecho económico o expectativa profesional por dedicarse a la familia, y el caudal y medios económicos de ambos cónyuges, factores que en su situación concreta, con dieciocho años de matrimonio y dedicación exclusiva al hogar, parecen jugar claramente a su favor. Es importante que sepa que esta pensión no se concede de forma automática por el mero hecho de haberse dedicado al hogar, sino que deberá acreditar ante el juzgado, mediante prueba documental y en su caso testifical, tanto su falta actual de ingresos y de cotizaciones a la Seguridad Social como las dificultades reales que tendría para reincorporarse al mercado laboral tras tantos años fuera de él, especialmente si su edad o cualificación profesional dificultan esa reincorporación. Le recomiendo acudir a un abogado de familia para preparar adecuadamente esta solicitud dentro de su procedimiento de divorcio, reuniendo toda la documentación que acredite tanto su situación económica actual como la diferencia de ingresos y patrimonio con su marido, ya que estos elementos serán determinantes para que el juzgado reconozca el derecho y fije una cuantía adecuada a su situación real.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El artículo 97 del Código Civil reconoce el derecho a la pensión compensatoria al cónyuge para quien el divorcio o la separación produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro cónyuge, que implique un empeoramiento respecto a la situación que tenía durante el matrimonio, y su caso encaja claramente en este supuesto, ya que su dedicación exclusiva al hogar y a los hijos durante dieciocho años, en detrimento de su propia carrera profesional, mientras su marido sí pudo desarrollarse laboralmente sin cargas domésticas equivalentes, es precisamente el tipo de desequilibrio que esta figura pretende compensar. Para determinar el derecho y la cuantía de esta pensión, el propio artículo 97 establece una serie de criterios que el juez debe valorar conjuntamente, entre ellos la edad y el estado de salud de ambos cónyuges, la cualificación profesional y las posibilidades reales de acceso al empleo de quien la solicita, la dedicación pasada y futura a la familia, la duración del matrimonio y de la convivencia conyugal, la eventual pérdida de un derecho económico o expectativa profesional por dedicarse a la familia, y el caudal y medios económicos de ambos cónyuges, factores que en su situación concreta, con dieciocho años de matrimonio y dedicación exclusiva al hogar, parecen jugar claramente a su favor. Es importante que sepa que esta pensión no se concede de forma automática por el mero hecho de haberse dedicado al hogar, sino que deberá acreditar ante el juzgado, mediante prueba documental y en su caso testifical, tanto su falta actual de ingresos y de cotizaciones a la Seguridad Social como las dificultades reales que tendría para reincorporarse al mercado laboral tras tantos años fuera de él, especialmente si su edad o cualificación profesional dificultan esa reincorporación. Le recomiendo acudir a un abogado de familia para preparar adecuadamente esta solicitud dentro de su procedimiento de divorcio, reuniendo toda la documentación que acredite tanto su situación económica actual como la diferencia de ingresos y patrimonio con su marido, ya que estos elementos serán determinantes para que el juzgado reconozca el derecho y fije una cuantía adecuada a su situación real.</p>
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