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	Comentarios en: ¿Se puede contratar a un alto directivo con el régimen laboral común?	</title>
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		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 05 Jan 2025 03:14:59 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En España, las funciones directivas de confianza y autonomía pueden encuadrarse en el contrato de alta dirección, regulado por RD 1382/1985, con normas distintas a las del Estatuto de los Trabajadores (p.ej. indemnización si se extingue el contrato). Sin embargo, se puede formalizar un contrato ordinario si sus tareas no encajan en la definición de alta dirección y se ajustan a un convenio colectivo. Si en realidad ejerce poderes de gran relevancia, la inspección o tribunales podrían recalificar la relación. El contrato de alta dirección brinda flexibilidad, pero también establece particularidades en despidos, vacaciones, etc. Asesórate según las funciones concretas del cargo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En España, las funciones directivas de confianza y autonomía pueden encuadrarse en el contrato de alta dirección, regulado por RD 1382/1985, con normas distintas a las del Estatuto de los Trabajadores (p.ej. indemnización si se extingue el contrato). Sin embargo, se puede formalizar un contrato ordinario si sus tareas no encajan en la definición de alta dirección y se ajustan a un convenio colectivo. Si en realidad ejerce poderes de gran relevancia, la inspección o tribunales podrían recalificar la relación. El contrato de alta dirección brinda flexibilidad, pero también establece particularidades en despidos, vacaciones, etc. Asesórate según las funciones concretas del cargo.</p>
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