<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	
	>
<channel>
	<title>
	Comentarios en: ¿Se puede pactar que el vendedor no compita después de vender el negocio?	</title>
	<atom:link href="https://abogados24-es.com/questions/se-puede-pactar-que-el-vendedor-no-compita-despues-de-vender-el-negocio/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://abogados24-es.com/questions/se-puede-pactar-que-el-vendedor-no-compita-despues-de-vender-el-negocio/</link>
	<description>Поиск юристов</description>
	<lastBuildDate>Sun, 19 Jan 2025 21:51:13 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=6.9.4</generator>
	<item>
		<title>
		Por: Respuesta a la pregunta		</title>
		<link>https://abogados24-es.com/questions/se-puede-pactar-que-el-vendedor-no-compita-despues-de-vender-el-negocio/#comment-937</link>

		<dc:creator><![CDATA[Respuesta a la pregunta]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 19 Jan 2025 21:51:13 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://abogados24-es.com/questions/se-puede-pactar-que-el-vendedor-no-compita-despues-de-vender-el-negocio/#comment-937</guid>

					<description><![CDATA[Sí, se incluye una cláusula de no competencia post-contractual. Indica que el vendedor no montará un negocio semejante por un cierto periodo y zona geográfica. Debe ser razonable en el tiempo y ámbito para no considerarse abusiva. Este tipo de pacto protege tu inversión, impidiendo que el expropietario use sus contactos y know-how para perjudicarte. Por otro lado, la ley y la jurisprudencia exigen que la restricción sea proporcionada y se compense al vendedor si es excesiva. Revisar la normativa de defensa de la competencia es aconsejable.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sí, se incluye una cláusula de no competencia post-contractual. Indica que el vendedor no montará un negocio semejante por un cierto periodo y zona geográfica. Debe ser razonable en el tiempo y ámbito para no considerarse abusiva. Este tipo de pacto protege tu inversión, impidiendo que el expropietario use sus contactos y know-how para perjudicarte. Por otro lado, la ley y la jurisprudencia exigen que la restricción sea proporcionada y se compense al vendedor si es excesiva. Revisar la normativa de defensa de la competencia es aconsejable.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
	</channel>
</rss>
