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Mi marido y yo recurrimos a la gestación subrogada en un país donde esta práctica es legal, y ya ha nacido nuestro hijo, aportando material genético de mi marido según el acuerdo formalizado allí. Vivimos en Madrid y no sabemos exactamente cómo podemos inscribir al bebé en el Registro Civil español ni qué reconocimiento tiene aquí esta filiación establecida en el extranjero, ya que sabemos que en España la gestación subrogada no está permitida legalmente de la misma forma.
Estoy en proceso de divorcio en Sevilla tras dieciocho años de matrimonio en los que dejé mi trabajo para dedicarme completamente al hogar y al cuidado de nuestros tres hijos, mientras mi marido desarrollaba su carrera profesional sin ninguna interrupción. Ahora que nos separamos, me preocupa mucho mi situación económica futura, ya que llevo muchos años sin generar ingresos propios ni cotizar a la Seguridad Social. Me gustaría saber si tengo derecho a solicitar una pensión compensatoria y qué requisitos debo cumplir para que me la reconozcan.
Antes de casarme heredé una cantidad de dinero de mi abuelo en Zaragoza, que utilicé íntegramente para pagar una reforma completa del piso que compramos ya casados con mi marido y que es un bien ganancial. Ahora estamos divorciándonos y quiero saber si tengo derecho a que se me reconozca y compense ese dinero privativo que invertí en un bien que pertenece a la sociedad de gananciales, o si al haberlo destinado a la vivienda familiar se entiende que ya pasó a formar parte de los gananciales sin más.
Me estoy divorciando en Huesca tras un matrimonio que apenas ha durado dos años, en el que dejé mi empleo para trasladarme a vivir con mi marido a otra ciudad por motivos de su trabajo, quedándome sin trabajo propio desde entonces. Ahora que nos separamos, me encuentro sin empleo y con dificultades para reincorporarme al mercado laboral en esta nueva ciudad donde no tengo contactos profesionales. Me gustaría saber si, a pesar de que nuestro matrimonio ha sido tan breve, todavía podría tener derecho a solicitar una pensión compensatoria.
Estoy iniciando los trámites de mi divorcio en Logroño y mi abogado me ha explicado que existen dos vías distintas según haya o no acuerdo con mi marido: una mediante convenio regulador y otra mediante un procedimiento contencioso con sentencia de medidas. No termino de entender bien qué diferencias prácticas tienen ambos caminos, ni qué ocurre si empezamos de mutuo acuerdo pero después dejamos de estar de acuerdo en algún punto concreto durante el proceso.
Tengo un hijo con una discapacidad intelectual moderada en Almería que, debido a episodios relacionados con su condición, en ocasiones ha tenido comportamientos agresivos hacia mí, incluyendo algún golpe que me ha causado lesiones leves. Aun así, me siento muy dividido porque sé que su comportamiento está muy vinculado a su discapacidad y no a una maldad consciente por su parte. Quiero saber si legalmente podría desheredarlo pese a su condición, o si existen límites especiales que protejan a los hijos con discapacidad en materia de desheredación y legítima.
Mi ex marido y yo nos divorciamos civilmente hace cuatro años en Madrid, un proceso que fue relativamente sencillo porque estábamos de acuerdo en todo. Ahora yo querría volver a casarme por la iglesia con otra persona, pero me han dicho que para hacerlo necesitaría también la nulidad eclesiástica de mi primer matrimonio, ya que el divorcio civil no tiene efectos para la iglesia católica. No entiendo bien la diferencia entre ambos procesos ni si tramitar la nulidad canónica ahora podría afectar de alguna manera a la sentencia de divorcio civil que ya tenemos firme.
Tengo cuarenta años, vivo sola en Murcia y trabajo de forma estable como funcionaria desde hace más de una década. Siempre he querido ser madre y, tras valorar distintas opciones, he decidido iniciar el proceso de adopción nacional sin tener pareja. Algunas personas de mi entorno me han comentado que quizás las administraciones prioricen a las parejas frente a las solicitudes individuales, y me gustaría saber si legalmente existe algún impedimento para adoptar siendo una mujer soltera y qué debo tener en cuenta antes de solicitarlo.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
Los precios de los servicios de los abogados se determinan por el volumen de trabajo y la complejidad del caso. En promedio, los servicios de un abogado comienzan a partir de 100 EUR. Elija candidatos según las calificaciones y opiniones. Muchos tienen ejemplos de trabajos realizados.
Las consultas con abogados en Madrid comienzan desde 70 EUR y pueden ser más altas (los precios pueden variar según la complejidad de la cuestión y el tipo de respuesta).
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