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Voy a casarme el año que viene en Bilbao y hace dos años heredé de mi abuela un piso que tengo alquilado como fuente de ingresos adicional. Mi pareja y yo nos llevamos bien y no queremos empezar el matrimonio con desconfianzas, pero me gustaría dejar claro por escrito, antes de la boda, que esa vivienda heredada seguirá siendo exclusivamente mía pase lo que pase en el futuro, incluidas las rentas que genere el alquiler. No sé si esto ya está protegido automáticamente por ser una herencia o si necesito hacer algo adicional.
Mi padre falleció el año pasado en Sevilla sin haber otorgado testamento en ningún momento de su vida. Somos tres hermanos y nuestra madre ya había fallecido antes que él. No sabemos exactamente cómo se determina legalmente el reparto de sus bienes entre nosotros al no existir ningún documento que refleje su voluntad, ni qué trámites debemos iniciar para poder acceder formalmente a la herencia y repartirnos lo que nos corresponde legalmente.
Estamos separándonos en Valladolid y tenemos dos hijos con edades muy diferentes: una niña de catorce años y un bebé de ocho meses. Ambos queremos plantear la custodia compartida, pero no sabemos si legalmente es posible aplicar el mismo régimen a hijos de edades tan distintas, ya que entendemos que las necesidades de un bebé lactante son muy diferentes a las de una adolescente, y nos preocupa que el juzgado nos diga que no es viable establecer una custodia compartida conjunta para ambos hermanos.
Tengo cuarenta años, vivo sola en Murcia y trabajo de forma estable como funcionaria desde hace más de una década. Siempre he querido ser madre y, tras valorar distintas opciones, he decidido iniciar el proceso de adopción nacional sin tener pareja. Algunas personas de mi entorno me han comentado que quizás las administraciones prioricen a las parejas frente a las solicitudes individuales, y me gustaría saber si legalmente existe algún impedimento para adoptar siendo una mujer soltera y qué debo tener en cuenta antes de solicitarlo.
Llevo cinco años conviviendo con mi pareja en Zaragoza y desde hace tres estamos casados. Ella tiene un hijo de diez años de una relación anterior cuyo padre biológico apenas ha tenido contacto en los últimos años y no paga la pensión de alimentos desde hace tiempo. El niño me considera como su padre y me gustaría adoptarlo legalmente para formalizar esa relación. Quiero saber si esto es posible sin el consentimiento del padre biológico y qué pasos debería seguir.
Estoy en pleno procedimiento de separación en Cádiz y mi ex pareja ha solicitado en el juzgado que mis visitas con nuestro hijo de cuatro años se realicen de forma supervisada, alegando ciertos episodios pasados de mi vida que ya he superado completamente. No entiendo bien qué implica exactamente que las visitas sean supervisadas, ni durante cuánto tiempo suele mantenerse esta medida, ni qué debo hacer para poder recuperar cuanto antes un régimen de visitas normal sin supervisión.
Me he mudado recientemente por motivos laborales a otra ciudad a unos ciento cincuenta kilómetros de donde vive mi hijo de ocho años con su madre en Girona, con quien tengo establecido un régimen de fines de semana alternos. La distancia hace que estos desplazamientos cada quince días sean bastante costosos y agotadores tanto para mí como para mi hijo, que pasa muchas horas en el coche. Me gustaría saber cómo puedo adaptar el régimen de visitas actual a esta nueva distancia sin perjudicar demasiado el tiempo que paso con él.
Tengo atribuido el uso de la vivienda familiar junto con mis hijos menores en Zaragoza desde nuestro divorcio hace dos años, pero el piso es un bien ganancial todavía pendiente de liquidar formalmente. Recientemente me he enterado de que mi ex marido está intentando venderlo a un tercero sin contar conmigo, alegando que sigue siendo cotitular y puede disponer de su parte libremente. Me gustaría saber si puede hacer esto legalmente estando yo con el uso atribuido judicialmente de la vivienda junto con nuestros hijos.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
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