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Somos una pareja de Toledo que se ha ofrecido como familia acogedora ante la entidad pública de protección de menores, y en las entrevistas nos han hablado de distintas modalidades de acogimiento sin que quedara muy claro para nosotros qué diferencia real existe entre un acogimiento simple y uno permanente, ni qué consecuencias tiene cada uno para nuestra relación con el menor a largo plazo y para la posibilidad de que la situación termine en una adopción futura.
Tengo una hija de dos años con mi pareja actual en Toledo, con quien no estoy casado, y hasta ahora no hemos formalizado legalmente el reconocimiento de la paternidad porque no sabíamos bien cómo hacerlo ni si era realmente necesario dado que convivimos juntos y todos sabemos que es mi hija. Ahora nos gustaría regularizar esta situación para que conste correctamente en todos los documentos oficiales y quiero saber qué pasos concretos debo seguir para reconocerla legalmente como mi hija.
Mi marido y yo estamos redactando el convenio regulador de nuestro divorcio de mutuo acuerdo en Almería, y aunque en teoría yo podría tener derecho a una pensión compensatoria por haber trabajado menos horas durante el matrimonio para cuidar de los niños, prefiero renunciar expresamente a ella para cerrar cuanto antes el proceso y no depender económicamente de mi ex marido en el futuro. Me gustaría saber si esta renuncia es legalmente válida y si podría arrepentirme después y reclamarla igualmente pasado un tiempo.
Estoy en pleno proceso contencioso de separación en Cuenca y el juzgado ha ordenado que un equipo psicosocial elabore un informe antes de decidir sobre la custodia de mi hija de ocho años. Me han citado para varias entrevistas junto con el padre y también van a hablar con la niña, pero no tengo claro exactamente qué aspectos analiza este equipo ni cómo puedo prepararme adecuadamente para estas entrevistas sin que parezca que estoy actuando de forma artificial o poco natural.
Además de la pensión de alimentos mensual fijada en el convenio regulador en Almería, en el mismo documento se acordó que los gastos extraordinarios de nuestra hija, como tratamientos médicos especiales o material escolar excepcional, se repartirían al cincuenta por ciento entre ambos. Mi ex marido se ha negado en varias ocasiones a abonar su parte de estos gastos concretos, aunque siempre paga religiosamente la pensión mensual ordinaria. Quiero saber si puedo reclamar judicialmente estos gastos extraordinarios de forma independiente a la pensión regular.
Mi marido y yo recurrimos a la reproducción asistida con semen de donante anónimo en una clínica de Barcelona debido a problemas de fertilidad de mi marido, y ya tenemos a nuestro hijo de un año. Nos gustaría saber cómo queda establecida legalmente la filiación de nuestro hijo respecto a mi marido, ya que no es el padre biológico genético, y si en algún momento el donante o el propio niño en el futuro podrían tener algún derecho o reclamación relacionada con esta filiación.
Tengo sesenta años y quiero ordenar mi patrimonio en Sevilla mediante un testamento, pero no sé bien qué modalidad me conviene más, ya que he oído hablar del testamento abierto ante notario, del cerrado y del ológrafo que se puede escribir a mano sin notario. Me gustaría entender las ventajas concretas de otorgar un testamento abierto ante notario frente a estas otras opciones, especialmente pensando en la seguridad jurídica y en facilitar las cosas a mis herederos en el futuro.
Tengo setenta años y vivo en Segovia, y últimamente he oído hablar bastante del llamado testamento vital o documento de instrucciones previas, además del testamento tradicional para repartir mis bienes que ya tengo otorgado desde hace años. No entiendo bien qué diferencia existe entre ambos documentos, ni si el testamento vital sustituye de alguna forma al testamento habitual, ni si necesito hacer algo adicional para tener también regulada esta otra cuestión relacionada con decisiones médicas futuras.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
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