¿Cuál es la diferencia entre la pensión compensatoria y la de alimentos en el divorcio? - Abogados24-es.com

¿Cuál es la diferencia entre la pensión compensatoria y la de alimentos en el divorcio?

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Pregunta del visitante

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01.12.2024

A menudo confundo ambas. Creo que la de alimentos es para los hijos, pero he visto que también puede haber una pensión para el cónyuge con menos recursos. ¿Cómo se determinan y se reclaman?

Respuesta a la pregunta 06.12.2024
fecha de respuesta: 06.12.2024

La pensión de alimentos corresponde a los hijos para cubrir sus necesidades (alimentos, vestido, educación), y el obligado a abonarla es el progenitor que no tiene la custodia o, en custodia compartida, el que tenga mayores ingresos, según decida el juez. En cambio, la pensión compensatoria es para el cónyuge que sufre un desequilibrio económico notable por la ruptura, si esa separación le genera una desventaja. Se valora la dedicación a la familia, la edad, la experiencia laboral, etc. El importe y la duración las fija el juez o se pactan en el convenio. La de alimentos es prioritaria para el bienestar de los hijos, mientras la compensatoria protege al cónyuge más vulnerable.

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