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Tengo establecido desde hace tres años un régimen de visitas de fines de semana alternos con mi hijo de nueve años en Santander, fijado en el momento de mi divorcio cuando yo atravesaba una situación laboral bastante inestable que dificultaba un contacto más amplio. Actualmente mi situación ha cambiado completamente, tengo un trabajo estable con horario fijo y disponibilidad los días entre semana, y me gustaría poder pasar más tiempo con mi hijo del que actualmente tengo reconocido. Quiero saber si puedo solicitar ampliar este régimen de visitas.
Tengo setenta años y vivo en Segovia, y últimamente he oído hablar bastante del llamado testamento vital o documento de instrucciones previas, además del testamento tradicional para repartir mis bienes que ya tengo otorgado desde hace años. No entiendo bien qué diferencia existe entre ambos documentos, ni si el testamento vital sustituye de alguna forma al testamento habitual, ni si necesito hacer algo adicional para tener también regulada esta otra cuestión relacionada con decisiones médicas futuras.
Tengo la custodia compartida de mi hija de siete años junto a su padre en Barcelona desde hace tres años. Me ha surgido una oportunidad laboral muy interesante en otro país europeo y me gustaría trasladarme allí con mi hija, aunque sé que esto supondría un cambio radical en el régimen de custodia compartida que tenemos actualmente. El padre se opone frontalmente a que me lleve a la niña. Quiero saber si puedo hacerlo de todas formas o qué debo hacer legalmente para intentarlo.
Nos divorciamos de mutuo acuerdo hace dos años en Las Palmas y en el convenio regulador se fijó la custodia de nuestro hijo a favor de su madre, con un régimen de visitas semanal para mí. Ahora ella me ha comunicado que se traslada a vivir a otro país europeo por motivos laborales y quiere llevarse a nuestro hijo con ella, lo que haría imposible mantener el régimen de visitas semanal que tenemos pactado. Quiero saber si puede hacer esto sin mi consentimiento y qué puedo hacer legalmente para proteger mi relación con mi hijo.
Mi madre falleció hace unos meses en Murcia dejándonos como únicos herederos a mis dos hermanos y a mí un piso que era su vivienda habitual, sin más bienes relevantes en la herencia. Ninguno de los tres quiere quedarse a vivir en el piso, pero uno de mis hermanos preferiría conservarlo como inversión para alquilarlo, mientras que los otros dos preferimos venderlo y repartirnos el dinero. No sabemos cómo resolver legalmente este desacuerdo sobre un bien que, al ser una vivienda, no se puede dividir físicamente entre los tres.
Tengo un régimen de visitas establecido con mi hijo de seis años en Soria desde hace un año, pero cada entrega y recogida del niño se convierte en una discusión con mi ex pareja, generando situaciones muy tensas delante del propio niño que me preocupan mucho por el impacto que puedan tener en él. Hemos intentado hablar para mejorar esta dinámica sin éxito. Me gustaría saber si puedo solicitar al juzgado que modifique la forma en que se realizan estas entregas para evitar este conflicto constante que estamos generando entre ambos.
Mi marido y yo llevamos seis años casados en Santander, no tenemos hijos en común y estamos totalmente de acuerdo en divorciarnos y en cómo repartir el piso y los ahorros que tenemos. Nos han dicho que al no tener hijos podríamos hacerlo directamente ante notario sin pasar por el juzgado, lo cual nos interesa porque parece más rápido. Nos gustaría saber cómo funciona exactamente ese trámite notarial y si necesitamos igualmente contratar un abogado para ello.
Mi pareja y yo hemos decidido divorciarnos de mutuo acuerdo en Alicante y queremos redactar nosotros mismos un primer borrador del convenio regulador antes de acudir al abogado, para ahorrar tiempo en las reuniones. Tenemos dos hijos menores y una vivienda en propiedad compartida. No sabemos con exactitud qué puntos son obligatorios por ley en este documento y cuáles son simplemente recomendables, para no dejarnos nada importante fuera del acuerdo.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
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