La cifra que te sale en la calculadora de pensión de alimentos casi nunca es lo que vas a pagar
Escribes tus ingresos en una calculadora de pensión de alimentos, te sale «300 €» y respiras. Ese número, casi siempre, no es lo que vas a pagar. Ni de cerca. Porque las tablas que usan esas calculadoras dejan fuera algunos de los gastos más importantes de criar a un hijo.
Conviene entender bien cómo funciona la pensión de alimentos antes de firmar un convenio o de confiar en una cifra de internet.
Qué cubre la pensión de alimentos
La pensión de alimentos (artículos 142 y siguientes del Código Civil) está destinada a cubrir todo lo indispensable para el hijo: alimentación, vivienda, ropa, asistencia médica y educación. Es un derecho del menor, no de los padres, y por eso no se puede renunciar a ella libremente.
Las tablas del CGPJ: útiles pero engañosas
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) publica unas tablas orientativas que cruzan los ingresos de los progenitores, el número de hijos y la comunidad autónoma. Son la referencia que usan jueces y abogados, pero tienen tres límites que casi nadie te cuenta:
No son vinculantes. El juez puede apartarse de ellas si el caso lo justifica. No incluyen la vivienda. Ni la parte de hipoteca o alquiler donde vive el menor. No incluyen la educación. Ni el colegio, ni la universidad, ni las actividades. Por eso un progenitor con una «tabla» de 300 € puede acabar pagando 450 o 550 € reales al mes sumando vivienda, educación y extraordinarios.
Los gastos extraordinarios van aparte
Además de la pensión mensual, existen los gastos extraordinarios: aquellos imprevisibles o no habituales que se reparten normalmente al 50% entre ambos progenitores.
| Suele ser gasto ORDINARIO (dentro de la pensión) | Suele ser gasto EXTRAORDINARIO (aparte, al 50%) |
|---|---|
| Comida, ropa, material escolar básico | Tratamientos médicos u odontológicos no cubiertos |
| Gastos corrientes del día a día | Gafas, ortodoncia, terapias especializadas |
| Actividades ya previstas y habituales | Actividades extraescolares nuevas o excepcionales |
La frontera entre ordinario y extraordinario genera muchos conflictos. Conviene dejarla bien definida en el convenio para evitar discusiones futuras.
Hasta qué edad se paga (no acaba a los 18)
Uno de los errores más extendidos: creer que la pensión termina cuando el hijo cumple 18 años. No es así. La mayoría de edad, por sí sola, no extingue la pensión. La obligación se mantiene mientras el hijo no pueda valerse por sí mismo: si sigue estudiando y no tiene ingresos propios, se prolonga hasta que alcanza una independencia económica razonable. En hijos con discapacidad, tampoco se extingue automáticamente.
No puedes dejar de pagar por tu cuenta
Aunque cambien tus circunstancias —te quedes sin trabajo, tengas nuevos hijos— no puedes reducir o suspender la pensión unilateralmente. Hay que solicitar una modificación de medidas ante el juzgado. Dejar de pagar por cuenta propia acumula una deuda y puede acarrear consecuencias graves, incluso penales.
Sergio ve en una calculadora que le tocarían 250 € por su hijo y acepta ese número en la negociación. Después descubre que, además, debe asumir la mitad del colegio concertado, la ortodoncia y su parte de la vivienda. Su desembolso real ronda los 500 €. Si lo hubiera sabido antes, habría negociado el conjunto, no solo la cifra de la tabla. La lección: la pensión mensual es solo una parte de lo que cuesta criar a un hijo tras el divorcio.
¿No sabes cuánto te corresponde pagar o recibir de pensión, ni cómo separar los gastos extraordinarios? Un abogado de familia puede calcularlo sobre tu caso real.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de pensión de alimentos?
Depende de los ingresos de los progenitores, el número de hijos y la comunidad autónoma. Las tablas del CGPJ dan una orientación, pero no incluyen vivienda ni educación, así que el pago real suele ser mayor.
¿Las tablas del CGPJ son obligatorias?
No. Son orientativas. El juez puede apartarse de ellas cuando las circunstancias del caso lo justifican.
¿La pensión termina cuando el hijo cumple 18?
No. La mayoría de edad por sí sola no la extingue. Se mantiene mientras el hijo estudie y no alcance independencia económica.
¿Qué son los gastos extraordinarios?
Gastos imprevisibles o no habituales (ortodoncia, tratamientos médicos no cubiertos, ciertas actividades) que suelen repartirse al 50% aparte de la pensión mensual.
¿Puedo dejar de pagar si me quedo sin trabajo?
No por tu cuenta. Debes pedir una modificación de medidas al juzgado. Dejar de pagar unilateralmente genera deuda y puede tener consecuencias graves.
¿Y si el otro progenitor oculta ingresos?
El juez puede estimar sus ingresos reales por su nivel de vida y pedir información a Hacienda o a la Seguridad Social. Si se prueba la ocultación, la pensión puede revisarse.
Fuentes oficiales
Este artículo tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso concreto debe consultarse con un abogado. Puede encontrar un abogado en Madrid en el catálogo de Abogados24-es.com.
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