¿Qué diferencia hay entre acogimiento simple y permanente?
- 15.08.2026
Estamos separándonos en Valladolid y tenemos dos hijos con edades muy diferentes: una niña de catorce años y un bebé de ocho meses. Ambos queremos plantear la custodia compartida, pero no sabemos si legalmente es posible aplicar el mismo régimen a hijos de edades tan distintas, ya que entendemos que las necesidades de un bebé lactante son muy diferentes a las de una adolescente, y nos preocupa que el juzgado nos diga que no es viable establecer una custodia compartida conjunta para ambos hermanos.
No existe ningún impedimento legal para establecer la custodia compartida respecto de hijos de edades muy distintas, ya que el artículo 92 del Código Civil no fija ninguna edad mínima ni máxima para esta modalidad, y los tribunales valoran en cada caso concreto si el sistema de reparto de tiempos propuesto se ajusta al interés superior de cada uno de los menores implicados, pudiendo incluso establecerse regímenes de custodia con distinta frecuencia o modalidad para cada hijo si las circunstancias lo justifican. En el caso de un bebé de pocos meses, especialmente si está siendo amamantado, los tribunales suelen ser cautelosos y valorar un reparto de tiempos más gradual y adaptado a sus necesidades básicas, por ejemplo con periodos más cortos pero frecuentes con el progenitor no conviviente inicialmente, e ir ampliando progresivamente conforme el bebé crezca y se reduzcan sus necesidades de lactancia materna directa, mientras que para su hija adolescente el reparto puede establecerse desde el principio con semanas alternas u otro esquema más amplio, respetando además su opinión, que a los catorce años tiene especial relevancia conforme al derecho del menor a ser oído. Es habitual y recomendable en estos casos que el plan de parentalidad que presenten al juzgado contemple explícitamente esta diferenciación por edades, explicando cómo se coordinará el cuidado del bebé cuando esté con cada uno de ustedes, quién asumirá determinadas rutinas y cómo se garantizará el vínculo con la lactancia si continúa vigente. Le recomiendo preparar una propuesta detallada y realista para cada hijo por separado, y anticipar que el juzgado probablemente solicitará un informe psicosocial que valore específicamente las necesidades del bebé, ya que este suele ser el punto que genera más dudas al tribunal en casos de hermanos con edades tan dispares.
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