fecha de respuesta: 03.12.2024
La ley protege la vivienda habitual en algunos supuestos, retrasando o reduciendo la ejecución. Se requiere un impago de determinadas cuotas mínimas para activar la ejecución. Además, hay normas de protección a deudores hipotecarios en riesgo de exclusión, con moratorias o reestructuraciones. No se anula el embargo, pero se establecen mecanismos de alivio como el Código de Buenas Prácticas Bancarias. Sin embargo, no existe una exención general de embargabilidad. Si el propietario no paga la hipoteca, el banco puede ejecutar, si se cumplen los requisitos legales (número de cuotas impagadas, notificación...). Los juzgados revisan si hay cláusulas abusivas antes de autorizar el lanzamiento.