¿Debe el convenio incluir el seguro médico privado de los hijos?
- 30.07.2026
Estuve casada veinte años con mi ex marido en Oviedo antes de divorciarnos hace cinco años. Recientemente me he enterado de que él ha vuelto a casarse con otra mujer. Como cotizó muchos años y yo dependí bastante de sus ingresos durante nuestro matrimonio, me gustaría saber si, en caso de que él fallezca en el futuro, yo conservo algún derecho a una parte de la pensión de viudedad de la Seguridad Social, o si su nuevo matrimonio hace que pierda automáticamente cualquier derecho que pudiera tener por haber estado casada con él durante tantos años.
La normativa de Seguridad Social, en concreto el artículo 220 de la Ley General de la Seguridad Social, contempla precisamente la figura de la pensión de viudedad a favor de excónyuges divorciados que no han vuelto a contraer matrimonio ni han constituido una pareja de hecho, siempre que fueran acreedores de la pensión compensatoria del artículo 97 del Código Civil en el momento del fallecimiento del causante, requisito que resulta esencial y que conviene que revise si se fijó a su favor en su convenio regulador o sentencia de divorcio. El hecho de que su ex marido haya vuelto a casarse no le hace perder a usted, por sí solo, ese eventual derecho, ya que la ley precisamente prevé el reparto de la pensión de viudedad entre la actual esposa y usted como excónyuge, en proporción al tiempo de convivencia conyugal que cada una haya tenido con el causante, calculado sobre el total de años que él estuvo casado a lo largo de su vida, de modo que ambas podrían percibir una parte proporcional de la pensión si él falleciera. Es fundamental que compruebe si en su convenio regulador o sentencia de divorcio se reconoció efectivamente una pensión compensatoria a su favor, ya que si en su día renunciaron expresamente a ella o nunca se fijó, el requisito legal para acceder a esta pensión de viudedad proporcional podría no cumplirse, lo cual conviene valorar con tiempo por si procediera alguna actuación adicional. Le recomiendo revisar con detalle su sentencia de divorcio y, si tiene dudas sobre si cumple los requisitos, consultar tanto con un abogado de familia como directamente con el Instituto Nacional de la Seguridad Social para obtener información precisa sobre su situación concreta ante un eventual fallecimiento futuro de su ex marido.
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