Me casaron bajo amenazas de mi familia, ¿puedo pedir la nulidad?
- 14.07.2026
Estamos en pleno procedimiento de divorcio en Bilbao y mi marido solicita custodia compartida de nuestros hijos, pero yo he presentado una denuncia por maltrato psicológico continuado durante nuestro matrimonio, aunque todavía no existe sentencia firme sobre esta denuncia. Me gustaría saber si, mientras se resuelve este procedimiento penal, el juzgado de familia puede tener en cuenta estos indicios de violencia para denegar la custodia compartida que él solicita, o si es necesario esperar a que exista una condena definitiva.
El artículo 92.7 del Código Civil establece de forma clara que no procederá la guarda y custodia compartida cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos, siendo suficiente para la aplicación de esta prohibición legal que exista un proceso penal en curso, sin necesidad de esperar a una sentencia condenatoria firme, precisamente porque la ley ha querido establecer una medida de protección preventiva mientras se dilucida judicialmente la veracidad de los hechos denunciados. Por tanto, si su denuncia por maltrato psicológico ha dado lugar a la apertura de un procedimiento penal formal, este dato debería ser puesto en conocimiento del juzgado de familia que tramita su divorcio, ya que este órgano judicial deberá tener en cuenta la existencia de este proceso penal paralelo para valorar si resulta procedente denegar la custodia compartida solicitada por su marido, aplicando directamente esta previsión legal específica que actúa como un límite objetivo a la custodia compartida mientras persista esa situación procesal. Es importante que su abogado aporte formalmente en el procedimiento de familia la documentación acreditativa de la existencia de este procedimiento penal, como la copia de la denuncia presentada y cualquier resolución judicial que confirme su admisión a trámite, para que quede debidamente constatado ante el juzgado de familia y pueda aplicarse correctamente esta limitación legal a la custodia compartida mientras el proceso penal siga abierto. Le recomiendo, además de continuar colaborando activamente con el procedimiento penal ya iniciado, informar con claridad y de forma documentada a su abogado de familia sobre esta situación, para que se asegure de que el juzgado civil tiene pleno conocimiento de la existencia de este proceso penal paralelo al resolver definitivamente sobre las medidas de custodia dentro de su procedimiento de divorcio.
Este sitio utiliza cookies para personalizar el contenido y los mensajes publicitarios, recopilar análisis y otros fines. Puede consultar nuestrapolítica de cookies < /a>. Si da su consentimiento para el uso de cookies, haga clic en "Aceptar".