Divorcio en 2026: express, notarial o judicial y el MASC

Antes de pedir el divorcio en 2026 tienes que dar un paso nuevo que casi nadie te cuenta

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Has decidido divorciarte y das por hecho que el primer paso es ir al juzgado o buscar un abogado que presente la demanda. Desde 2025 eso ya no es exactamente así. Antes de que un juez admita una demanda de divorcio contencioso, la ley te obliga a dar un paso previo que muchos desconocen: intentar un acuerdo. Si no lo acreditas, te devuelven la demanda.

Vamos a ver, con la norma de 2026 en la mano, qué tipo de divorcio te corresponde, ese paso nuevo y qué se decide en el proceso.

Los tipos de divorcio: cuál es el tuyo

En España el divorcio no exige alegar una causa desde 2005: nadie tiene que demostrar culpas. Con carácter general puede solicitarse pasados tres meses desde el matrimonio (o antes si hay riesgo para la vida o la integridad). A partir de ahí, todo depende de una pregunta: ¿hay acuerdo o no?

De mutuo acuerdo Contencioso
Situación Ambos están de acuerdo en divorciarse y en las condiciones No hay acuerdo en el divorcio o en sus efectos
Dónde se tramita Ante notario o letrado de justicia (si no hay hijos menores) o en el juzgado Siempre en el juzgado
Rapidez y coste Más rápido y económico Más largo y costoso

El paso nuevo de 2025: el MASC antes de demandar

Lo que cambió y casi nadie explica

La Ley Orgánica 1/2025, en vigor desde el 3 de abril de 2025, introdujo un requisito que ha cambiado la forma de divorciarse cuando no hay acuerdo: antes de presentar una demanda contenciosa —de divorcio, de medidas sobre los hijos o de modificación de medidas— hay que acreditar que se ha intentado un MASC (medio adecuado de solución de controversias): mediación, negociación asistida por los abogados, conciliación… Si no consta ese intento, la demanda se inadmite.

No es un mero trámite molesto. Bien usado, este paso puede ahorrarte meses de juzgado y miles de euros, porque muchos desacuerdos se cierran en la negociación previa. Y ojo con los plazos: en la negociación directa se entiende terminada sin acuerdo si no hay respuesta en 30 días naturales; en mediación, 15 días. El divorcio de mutuo acuerdo, al ser ya un acuerdo, no necesita este paso.

Divorcio de mutuo acuerdo: notario o juzgado

Si los dos estáis de acuerdo, el camino es mucho más ágil. Si no hay hijos menores (ni mayores con discapacidad dependientes), podéis divorciaros ante notario o ante el letrado de la Administración de Justicia, firmando un convenio regulador, sin pasar por un juez. Si hay hijos menores, el divorcio de mutuo acuerdo sigue siendo posible, pero debe aprobarlo el juez, con intervención del Ministerio Fiscal que vela por los menores.

Divorcio contencioso: cuando no hay acuerdo

Cuando no hay entendimiento —sobre la custodia, la pensión, la vivienda o el propio divorcio—, se acude al juzgado. Tras el intento de MASC, un cónyuge presenta la demanda y el juez decide las medidas que no se hayan pactado. Es el proceso más largo, y por eso conviene agotar antes la vía del acuerdo.

Qué se decide en el convenio regulador

El convenio regulador (artículo 90 del Código Civil) es el documento que ordena la nueva vida de la familia. Debe recoger:

  • La guarda y custodia de los hijos y el régimen de estancias o visitas.
  • La pensión de alimentos de los hijos y el reparto de gastos extraordinarios.
  • El uso de la vivienda familiar.
  • La pensión compensatoria entre cónyuges, si procede.
  • El destino de los animales de compañía y la liquidación del régimen económico.
Un caso para verlo claro

Marta y Javier querían divorciarse «sin líos», pero discrepaban en la pensión. Antes de 2025 habrían ido directos a un contencioso. Ahora su abogada plantea primero una negociación asistida: en tres semanas cierran la cuantía y convierten lo que iba a ser un pleito en un divorcio de mutuo acuerdo. Ganaron tiempo, dinero y bastante desgaste. Ese es, bien entendido, el sentido del nuevo paso previo.

¿Vas a divorciarte y no sabes si tu caso es de mutuo acuerdo o contencioso, ni cómo cumplir el trámite del MASC? Un abogado de familia puede guiarte desde el primer paso.

Consultar con un abogado de familia en Madrid

Preguntas frecuentes

¿Tengo que intentar un acuerdo antes de divorciarme?

Para el divorcio contencioso, sí. Desde la LO 1/2025 (en vigor el 3 de abril de 2025) hay que acreditar el intento de un MASC antes de presentar la demanda, o esta se inadmite. El divorcio de mutuo acuerdo no lo necesita.

¿Puedo divorciarme ante notario?

Sí, cuando es de mutuo acuerdo y no hay hijos menores (ni mayores con discapacidad dependientes). Si hay hijos menores, el divorcio debe aprobarlo el juez.

¿Necesito alegar una causa para divorciarme?

No. Desde 2005 no hay que justificar ningún motivo. Basta con la voluntad de uno de los cónyuges, por lo general pasados tres meses desde el matrimonio.

¿Qué es el convenio regulador?

El documento que fija custodia, visitas, pensión de alimentos, uso de la vivienda, pensión compensatoria, animales de compañía y liquidación del régimen económico (art. 90 del Código Civil).

¿Cuánto se tarda en divorciarse?

El de mutuo acuerdo puede resolverse en semanas o pocos meses; el contencioso suele tardar bastante más. Intentar el acuerdo previo acorta mucho los plazos.

¿Qué pasa si no cumplo el trámite del MASC?

El juzgado inadmite la demanda. Por eso conviene documentar bien el intento de negociación o mediación antes de acudir a los tribunales.

Este artículo tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso concreto debe consultarse con un abogado. Puede encontrar un abogado en Madrid en el catálogo de Abogados24-es.com.

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