fecha de respuesta: 16.01.2025
El secretario del consejo de administración asiste a las reuniones para levantar acta, asesorar en materia legal y garantizar la legalidad de los acuerdos. No necesariamente es consejero, pudiendo ser un letrado externo o personal interno, sin derecho a voto en las deliberaciones (al no ser miembro del consejo). Su función principal es la fe de los acuerdos, custodia de libros, preparación de convocatorias, control del cumplimiento normativo. Su asesoramiento contribuye a que los consejeros actúen conforme a la Ley de Sociedades de Capital y a los estatutos. Muchas sociedades grandes designan un secretario que es abogado y conoce el régimen corporativo, asegurando la seguridad jurídica.