fecha de respuesta: 21.12.2024
Si un influencer publica opiniones positivas en redes sobre un producto sin revelar que existe una relación publicitaria o remunerada, se considera publicidad encubierta y práctica desleal (Ley de Competencia Desleal y Ley General de Publicidad). El influencer debe etiquetar el contenido como 'publicidad', 'patrocinado' o 'colaboración pagada' para que el público entienda que hay un interés comercial. Si el e-commerce alienta la omisión de esta información o manipula las reseñas, incurre en publicidad engañosa y competencia desleal. La AEPD y la CNMC pueden sancionar por publicidad encubierta y el influencer también asume responsabilidad.