fecha de respuesta: 12.12.2024
El ordenamiento español permite la acción colectiva en defensa de intereses de consumidores a través de organizaciones de consumidores reconocidas (OCU, FACUA, etc.) o el Ministerio Fiscal, según la Ley de Enjuiciamiento Civil. Si un grupo de turistas padece el mismo daño (p.ej., cancelaciones masivas de una agencia), pueden unirse en una demanda colectiva. Aun así, su uso es menos común que en otros países, pues requiere la identificación de los afectados o la existencia de un colectivo de consumidores a proteger. Con la directiva de acciones colectivas a nivel europeo, se refuerza este mecanismo y se facilita la reclamación conjunta, reduciendo costes y logrando sentencias con eficacia para todos los implicados.