¿Cuál es el régimen de visitas para hijos mayores de 18 años en un divorcio?
- 23.11.2024
Tengo la custodia compartida de mi hija de nueve años junto a su padre desde hace dos años en Murcia. Recientemente me he enterado, por casualidad, de que él ha iniciado los trámites para cambiarla a otro colegio distinto del que lleva toda su vida, sin haberlo hablado antes conmigo. Yo no estoy de acuerdo con este cambio porque creo que sería muy perjudicial para su estabilidad emocional y social. Quiero saber si él puede tomar esta decisión sin mi consentimiento, ya que tenemos la custodia compartida.
Aunque tengan establecida la custodia compartida, es importante distinguir entre la guarda material, que en cada periodo corresponde al progenitor con quien esté conviviendo el menor en ese momento, y la patria potestad, que se ejerce de forma conjunta por ambos progenitores conforme al artículo 156 del Código Civil, y precisamente el cambio de centro escolar de un hijo es una decisión que, por su trascendencia para la vida del menor, requiere el consentimiento de ambos progenitores y no puede adoptarse unilateralmente por uno solo, aunque tenga al niño consigo en ese periodo concreto. Si su ex pareja ha iniciado los trámites de cambio de colegio sin contar con su consentimiento, está actuando fuera de sus facultades legales, y usted puede oponerse formalmente comunicando por escrito, por ejemplo mediante burofax, su negativa expresa al cambio y las razones que la fundamentan, como la estabilidad social y educativa de la menor. Si a pesar de su oposición él persiste en el cambio, o si no logran ponerse de acuerdo, la vía adecuada es acudir al juzgado de familia solicitando que sea el juez quien decida sobre esta discrepancia relativa al ejercicio de la patria potestad conjunta, conforme al artículo 156 del Código Civil, que prevé precisamente este mecanismo para resolver desacuerdos entre progenitores con patria potestad compartida, sin necesidad de modificar el régimen de custodia general. Le recomiendo actuar con rapidez, dejando constancia escrita de su oposición antes de que se formalice la matrícula en el nuevo centro, y valorar solicitar como medida cautelar que se mantenga la escolarización actual de su hija mientras se resuelve definitivamente esta discrepancia entre ustedes.
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