fecha de respuesta: 02.12.2024
El pluralismo informativo implica que los diferentes idearios, partidos y colectivos sociales tengan acceso y visibilidad en los medios, sobre todo en medios públicos. La Constitución consagra el derecho a recibir información veraz, y la Ley 7/2010 (General de Comunicación Audiovisual) fija principios para asegurar la neutralidad y pluralidad, en especial en RTVE y televisiones autonómicas. En periodos electorales, la Junta Electoral regula espacios gratuitos para partidos, equilibrando tiempos según representación. Fuera de elecciones, no hay cuotas generales, pero sí se exige un trato imparcial y no discriminatorio. La CNMC puede supervisar la imparcialidad de la televisión pública. La concesión de licencias también persigue la diversidad de operadores y la no concentración excesiva.