fecha de respuesta: 17.01.2025
La Constitución y los Estatutos de Autonomía otorgan a las comunidades autónomas amplias competencias en materia de educación, especialmente en la gestión de la enseñanza no universitaria. La Administración central establece aspectos básicos, como los objetivos y el currículo mínimo, pero las autonomías pueden desarrollar ese currículo, fijar asignaturas optativas, organizar su red de centros, gestionar el personal docente (funcionarios, interinos) y administrar programas propios. Asimismo, adaptan la normativa estatal a su realidad lingüística o cultural. Pese a la descentralización, sigue existiendo una parte común y obligatoria en todo el país, garantizando la homogeneidad de títulos y la movilidad del alumnado.