fecha de respuesta: 02.01.2025
La intervención (o el órgano de control económico-financiero en cada Administración) revisa la legalidad y disponibilidad presupuestaria antes de que se apruebe el gasto y se formalice el contrato. Si aprecia defectos graves (falta de crédito, incumplimiento de normas), puede suspender la tramitación e informar al órgano de contratación para que corrija o levante reparos. Aunque no anula por sí sola un expediente, su informe es preceptivo y la Administración puede o bien subsanar o bien justificar la discrepancia, asumiendo la responsabilidad política de levantar el reparo. Este mecanismo previene el gasto indebido y promueve la legalidad.