fecha de respuesta: 17.12.2024
La Ley General de la Comunicación Audiovisual obliga a los prestadores a ir incorporando servicios de accesibilidad: subtitulado para personas sordas, audiodescripción para ciegos y lengua de signos en ciertos programas. Existen plazos progresivos anuales para que un porcentaje creciente de la programación se emita accesible. Esto beneficia a las personas con discapacidad sensorial, permitiéndoles seguir informativos, series o películas. Las cadenas generalistas de ámbito estatal y autonómico tienen cuotas de accesibilidad elevadas (cerca del 90% del horario en prime time). El incumplimiento acarrea sanciones de la CNMC. Así se promueve la inclusión y la igualdad de acceso a la cultura y la información.