fecha de respuesta: 07.12.2024
Los productos financieros dirigidos a consumidores están sometidos a normativa sectorial y a la Ley General de Publicidad. Entidades como el Banco de España o la CNMV supervisan la veracidad y transparencia de dichos anuncios. Se exige mostrar la TAE, comisiones y advertencias de riesgo de impago. La publicidad no puede minimizar los costes o condiciones. Además, la Ley de Contratos de Crédito al Consumo y las guías de la CNMV estipulan obligaciones de claridad informativa. Incumplir puede conllevar sanciones por publicidad engañosa o contraria a la ley.