fecha de respuesta: 08.11.2024
La publicidad infantil online se rige por la Ley General de Publicidad, la Ley de Consumidores, la LSSI y códigos de autorregulación (p.ej., Código PAOS en alimentación). Se prohíbe incitar de modo directo a la compra o explotar la credulidad de menores. Debe adaptar el lenguaje, evitar mensajes violentos o que fomenten discriminación. El anunciante no puede menospreciar la autoridad parental ni ofrecer beneficios si el niño convence a sus padres de comprar. Asimismo, se exige un cuidado extremo con la recolección de datos personales de menores, cumpliendo RGPD y supervisión adulta.