¿Cómo se constituye la figura de la ‘propiedad temporal’ que se ha propuesto en algunas regiones? - Abogados24-es.com
  • Página principal
  • Preguntas
  • ¿Cómo se constituye la figura de la ‘propiedad temporal’ que se ha propuesto en algunas regiones?

¿Cómo se constituye la figura de la ‘propiedad temporal’ que se ha propuesto en algunas regiones?

sin respuestas

Pregunta del visitante

0
0
0

24.12.2024

¿Existe en España una forma legal de propiedad temporal?

Respuesta a la pregunta 26.12.2024
fecha de respuesta: 26.12.2024

El Derecho español no contempla de manera general la 'propiedad temporal' (como un dominio con plazo cierto que retorne al titular original), salvo los contratos de usufructo o arrendamiento de larga duración. Algunas comunidades autónomas (como las islas Baleares) han discutido o legislado de modo parcial la propiedad temporal como forma de facilitar acceso a la vivienda, pero no es de aplicación generalizada. En principio, la propiedad según el Código Civil es plena y perpetua, salvo que el titular establezca un plazo en su transmisión (por ejemplo, un derecho de reversión), pero no se regula una propiedad temporal pura.

Preguntas similares

Mostrar todo