fecha de respuesta: 21.12.2024
La Ley 3/2007 (modificada) y otras normas autonómicas LGTBI garantizan el derecho de las personas trans a rectificar su mención registral de sexo y nombre en el DNI sin necesidad de informes médicos, tras la aprobación de la 'Ley trans' de 2023 que agilizó los trámites. También se reconoce el uso del nombre sentido en entornos escolares, laborales y sanitarios, sin exigir la reasignación quirúrgica. Negar el acceso a vestuarios o baños que correspondan a su identidad o negar la tarjeta sanitaria con su nombre correcto se considera discriminación. Quien sufra esta discriminación puede denunciar ante las autoridades de igualdad, la inspección educativa o laboral, y los tribunales.